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Incentivos fiscales
¿Quién se queda con la propiedad intelectual de un proyecto financiado con ‘tax lease’?
Las agrupaciones de interés económico permiten monetizar la I+D pero generan dudas sobre la titularidad del resultado
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Si tu empresa cerró 2024 con pérdidas aún puedes financiar tu innovación con el mecanismo del ‘tax lease’

En plena campaña del Impuesto de Sociedades, muchas empresas descubren que no han podido aplicar las deducciones fiscales por I+D+i al cerrar 2024 con pérdidas o una base imponible negativa. Esa situación abre la oportunidad para considerar el tax lease, un instrumento que permite transferir esas deducciones no aprovechadas a terceros, aportando liquidez inmediata a los proyectos de innovación.
Descubre cómo impulsar tus proyectos de I+D+i con el tax lease
El tax lease, regulado por la Ley 27/2014 del Impuesto sobre Sociedades y la Ley 14/2011 de Ciencia, Tecnología e Innovación, permite que una entidad que haya realizado actividades calificadas como I+D o innovación tecnológica ceda sus créditos fiscales a un inversor con cuota líquida positiva a cambio de una inyección de capital para el proyecto. Este mecanismo, diseñado para entidades intensivas en innovación que no pueden aplicar sus deducciones, se convierte en una alternativa eficaz para financiar la continuidad de su I+D+i sin recurrir a endeudamiento tradicional ni esperar a que se materialicen resultados fiscales.
En empresas con pérdidas y sin beneficio para desgravar, el tax lease ofrece una vía para convertir el crédito fiscal en recursos reales. Para los económicamente adinerados, reduce la carga tributaria: aprovechan esas deducciones al adquirirlas por un precio descontado.
Rafael Legasa, responsable del área de Incentivos fiscales y miembro del Comité Ejecutivo de Zabala Innovation, subraya que “el tax lease se está consolidando como una herramienta clave para la financiación de proyectos innovadores en España”. Esta vía permite movilizar recursos privados hacia iniciativas innovadoras sin dilución de capital en la empresa desarrolladora.
Para operar en el territorio común, el mecanismo exige la constitución de una Agrupación de Interés Económico (AIE), vehículo que sirve de puente entre el cedente y el inversor. En cambio, en Navarra y País Vasco, la cesión es directa mediante contrato privado; no se exige AIE y se aplica un coeficiente de rentabilidad preestablecido que favorece a ambas partes “En las Haciendas Forales, los inversores pueden alcanzar una rentabilidad de hasta el 20 % sobre la aportación inicial”, asegura Legasa.
El proceso arranca con la ejecución del proyecto de I+D+i y la correspondiente certificación técnica previa por una entidad acreditada por ENAC, seguida de un Informe Motivado Vinculante expedido por el Ministerio de Ciencia, Innovación y Universidades. Estos documentos son fundamentales para acreditar la naturaleza de las actividades y certificar los gastos deducibles.
Una vez cumplidos los requisitos formales y documentales, el cedente y el inversor firman un contrato que detalla los hitos del proyecto, el importe y la contrapartida económica para el primero. Mediante la AIE o el contrato directo, el inversor adquiere el derecho a aplicar las deducciones en su propia declaración del Impuesto sobre Sociedades, mientras que la entidad tecnológica recibe la financiación pactada.
Entre los beneficios clave del tax lease figura la liquidez inmediata para las empresas innovadoras, sin entrar en su capital social. Frente a los esquemas tradicionales de monetización fiscal —como el cash-back previsto en el artículo 39.2 de la Ley del IS, que permite recuperar solo un 80 % de la deducción y exige esperar varios años y cumplir condiciones adicionales—, el tax lease ofrece financiación en unos seis meses, sin límite máximo presupuestario, y sin contar con requisitos de plantilla o reinversión.
Para los inversores supone un retorno que puede rondar entre el 20% y el 30%, dependiendo de la estructura y del territorio de la operación. Aplicar correctamente el tax lease, sin embargo, exige una preparación rigurosa: la documentación del proyecto debe estar ajustada a la normativa, la certificación técnica y el informe vinculante, en vigor; y el contrato debe reflejar claramente los hitos y contraprestaciones.
Legasa subraya que, desde Zabala Innovation siempre recomiendan que “los acuerdos de cesión o reversión estén claramente estipulados desde el principio, aunque su ejecución del proyecto se retrase. La clave es que haya coherencia entre los riesgos asumidos, los beneficios esperados y la explotación de los resultados”.
“Para quienes se encuentran hoy con deducciones fiscales por I+D+i que no pueden aplicar, el tax lease representa una vía muy importante de financiación para el futuro”, asegura Legasa. “Es el momento de explorar esta opción con el asesoramiento experto adecuado. Desde Zabala Innovation, acompañamos a las empresas en todo el proceso, desde la evaluación inicial hasta la estructuración y ejecución del mecanismo, para que ningún esfuerzo innovador se quede sin recompensa”, concluye.

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CPI

Rubén Heredia
Director Servicios de Consultoría en Madrid

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