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El presupuesto de REPowerEU aumenta en 20.000 millones de euros
Este incremento está destinado a aplicarse en medidas energéticas y pretende reducir la dependencia de combustibles fósiles de Rusia
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El objetivo de reducción del consumo de energía para 2030 sube del 9% al 11,7%
La Comisión Europea llega a un acuerdo de principio con el Parlamento y el Consejo para reformar la Directiva de la UE relativa a la eficiencia energética, un paso más en la realización del paquete de medidas Fit for 55 (u Objetivo 55) para lograr el objetivo del Pacto Verde Europeo y el Plan REPowerEU. Entre otras medidas, las tres instituciones establecen un nuevo objetivo de reducción del consumo energético del 11,7% para 2030, casi tres puntos porcentuales por encima de la meta actual (9%).
Con esta revisión, el principio de la eficiencia energética cobra consistencia jurídica, al exigirse claramente a los países de la UE que lo tengan en cuenta en sus decisiones políticas, en la planificación y en las grandes inversiones en el sector de la energía y fuera de él. De esta forma, los socios del club de los 27 deberán garantizar colectivamente una reducción adicional del consumo de energía primaria y energía final, en comparación con las previsiones realizadas en 2020.
El acuerdo – alcanzado el viernes pasado y cuya adopción formal está ahora en manos del Parlamento y del Consejo – también duplica la obligación de ahorro de energía anual. Los países de la UE deberán lograr cada año un nuevo ahorro equivalente al 1,49% del consumo final de energía por término medio, de 2024 a 2030, con respecto al nivel actual del 0,8%. A finales de 2030 a más tardar, tendrán que haber alcanzado, de forma gradual, el 1,9%. Se trata de un instrumento importante para impulsar el ahorro de energía en sectores de uso final como los edificios, la industria y el transporte.
Las normas revisadas también confieren una mayor responsabilidad al sector público para aumentar la eficiencia energética. Los organismos públicos también deberán tener en cuenta sistemáticamente los requisitos relativos a la eficiencia energética en sus prácticas de contratación pública para la adquisición de productos, servicios, edificios y obras. Se introduce un nuevo objetivo anual de reducción del consumo de energía del 1,9% para este sector. Y la obligación de los países de la UE de renovar cada año al menos el 3% de la superficie total de los edificios propiedad de la administración pública abarca ahora los niveles regional y local.
La Directiva revisada pedirá un mayor compromiso también por parte de las empresas. En primer lugar, los sistemas de gestión de la energía se convertirán en una obligación por defecto para los grandes consumidores de energía. Todas las empresas, incluidas las pymes que superen los 85 TJ de consumo anual de energía, tendrán que aplicarlos. De lo contrario, y si su consumo anual es superior a 10 TJ, deberán someterse a una auditoría energética. También se introduce, por primera vez, un sistema de notificación de la eficiencia energética de los grandes centros de datos.
Asimismo, los Estados miembros tendrán que promover planes locales de calefacción y refrigeración en los grandes municipios de más de 45.000 habitantes. Los requisitos mínimos de los sistemas urbanos de calefacción y refrigeración se modificarán gradualmente para garantizar un suministro totalmente descarbonizado de aquí a 2050. El apoyo a las nuevas unidades de cogeneración de alta eficiencia que utilicen gas natural y estén conectadas a estos sistemas solo será posible hasta 2030; en ellos, se prohibirá cualquier otro uso de combustibles fósiles en las nuevas capacidades de generación de calor.
Con arreglo a las nuevas disposiciones, además, los países de la UE deberán promover sistemas de financiación innovadores y productos de préstamo verdes para la eficiencia energética, garantizando una oferta amplia y no discriminatoria por parte de las entidades financieras. Los países de la UE tendrán que informar sobre el volumen de inversiones en eficiencia energética.
Por último, el acuerdo incluye la primera definición de pobreza energética de la UE. Ahora, los Estados miembros tendrán que aplicar medidas de mejora de la eficiencia energética, de forma prioritaria entre las personas afectadas por la pobreza energética, los clientes vulnerables, los hogares con bajos ingresos y, en su caso, las personas que viven en viviendas sociales. Las normas revisadas hacen mayor hincapié en aliviar la pobreza energética y capacitar a los consumidores, incluido mediante la creación de ventanillas únicas, asistencia técnica y financiera y mecanismos extrajudiciales para la resolución de litigios.
La revisión de la Directiva relativa a la eficiencia energética es una de las propuestas de Fit for 55 (u Objetivo 55) presentadas por la Comisión Europea en julio de 2021 con objeto de adaptar las políticas de la UE en materia de clima, energía, uso del suelo, transporte y fiscalidad a fin de reducir las emisiones netas de gases de efecto invernadero en al menos un 55 % de aquí a 2030, en comparación con los niveles de 1990. Conseguir estas reducciones de las emisiones en la próxima década es crucial para que Europa se convierta en el primer continente climáticamente neutro del mundo de aquí a 2050 y para hacer realidad el Pacto Verde Europeo, el plan de crecimiento para lograr que Europa sea climáticamente neutra de aquí a 2050.
La eficiencia energética es también un pilar clave de REPowerEU, la estrategia de la UE para deshacerse lo antes posible de las importaciones de combustibles fósiles rusos. En mayo de 2022, la Comisión Europea propuso, como parte de este plan, mejorar las medidas de eficiencia energética a largo plazo. En su propuesta, Bruselas incluyó un aumento del objetivo vinculante de eficiencia energética en el marco del paquete Fit for 55.
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Este incremento está destinado a aplicarse en medidas energéticas y pretende reducir la dependencia de combustibles fósiles de Rusia
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Raquel Maeztu
Consultora senior en Proyectos Europeos y líder en el Área de Gestión de Proyectos Europeos
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