Ir a noticias

Incentivos fiscales

Los plazos clave para aprovechar las deducciones por I+D+i de 2025

De un vistazo: lo esencial de este artículo

Las deducciones fiscales por I+D+i del ejercicio 2025 ofrecen una oportunidad relevante para reducir la carga fiscal, acceder a liquidez o atraer financiación externa. Su aprovechamiento exige gestionar con precisión los plazos: ejecución del gasto, preparación documental, certificación, declaración del impuesto, IMV y mecanismos complementarios como la monetización o el ‘tax lease’. La anticipación y la planificación determinan el retorno real del incentivo.

Ejecución delimitada Las empresas deben realizar todo el gasto deducible entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2025.
Preparación anticipada Las compañías elaboran documentación y consolidan gastos entre enero y junio de 2026 para evitar tensiones posteriores.
Decisión estratégica La presentación del Impuesto sobre Sociedades en julio de 2026 obliga a definir si aplicar, monetizar o financiar vía ‘tax lease’.
Seguridad jurídica Las empresas pueden solicitar el Informe Motivado Vinculante hasta el 25 de julio, reforzando la calificación de sus proyectos.
Financiación alternativa El ‘tax lease’ permite atraer inversión y exige planificación técnica y jurídica desde los primeros meses de 2026.

A menos de dos semanas de cerrar el año, muchas empresas revisan sus proyectos de investigación, desarrollo e innovación (I+D+i) para asegurarse de que podrán beneficiarse de las deducciones fiscales por estos conceptos correspondientes al ejercicio 2025. Este incentivo, uno de los más sólidos del marco fiscal español, permite reducir de forma significativa la cuota del Impuesto sobre Sociedades, transformarla en liquidez mediante la monetización o incluso estructurar operaciones de tax lease para optimizar la deducción cuando la empresa no dispone de cuota suficiente. Pero para aprovecharlo plenamente, es imprescindible conocer con precisión los períodos y plazos que ordenan todo el proceso.

Este es el mejor momento para que tu empresa aproveche las deducciones fiscales por I+D+i.

El primer punto de referencia es el período de ejecución de los gastos e inversiones deducibles, correspondiente íntegramente al ejercicio fiscal 2025. Para las empresas con ejercicio natural, este abarca del 1 de enero al 31 de diciembre de 2025. En este intervalo deben haberse realizado todas las actividades de investigación, desarrollo o innovación tecnológica susceptibles de generar derecho a deducción. Las compañías con ejercicios distintos deben tomar como referencia su propio año contable.

A partir de enero de 2026 arranca una fase decisiva: la identificación de los gastos en I+D+i, el análisis de los proyectos, y la preparación de la documentación técnica y económica. Entre enero y junio suelen elaborarse las memorias de los proyectos, consolidarse los gastos, calcularse la deducción y organizarse los procesos de certificación técnica cuando se pretende solicitar un Informe Motivado Vinculante (IMV). Aunque esta etapa no está sujeta a un plazo legal estricto, su correcta planificación evita tensiones al presentar el impuesto.

El momento de decidir

El siguiente hito es la presentación del Impuesto sobre Sociedades 2025, normalmente entre el 1 y el 25 de julio de 2026 para empresas con ejercicio natural. Aquí la empresa debe decidir si finalmente aplicará la deducción directamente, si la reservará para ejercicios futuros, si la monetizará o si recurrirá a un tax lease. Según José Miguel Carrión, responsable de Incentivos Fiscales de Zabala Innovation, “la correcta toma de decisiones en la fase previa al Impuesto de Sociedades es clave para maximizar el retorno de la deducción. Muchas compañías no son conscientes de que, en función de sus resultados, pueden transformar parte de su deducción en liquidez inmediata, algo especialmente valioso en entornos de inversión intensiva”.

Hasta el 25 de julio las empresas cuyo ejercicio fiscal corresponde al año natural pueden solicitar la emisión del Informe Motivado Vinculante para los proyectos de 2025. Este documento aporta una seguridad jurídica total sobre la calificación del proyecto como I+D o innovación tecnológica. Para obtenerlo, la empresa debe contar previamente con una certificación técnica acreditada, proceso que en la práctica debería completarse entre enero y junio de 2026, evitando saturaciones.

Tras la presentación del impuesto, las empresas que cumplan los requisitos también pueden optar por la monetización de la deducción, un mecanismo que permite convertirla en un ingreso líquido. Es especialmente útil para empresas en fases de fuerte crecimiento o con resultados negativos.

Financiación alternativa para innovar

Junto a la deducción directa y la monetización, uno de los mecanismos más relevantes en los últimos años es el tax lease de I+D+i, una estructura que permite a empresas beneficiarse del incentivo mediante la entrada de un inversor que aporta financiación a cambio de las deducciones generadas por el proyecto.

Esta herramienta, cada vez más utilizada, exige planificación técnica y jurídica desde los primeros meses de 2026. En palabras de Carrión, “el tax lease se ha consolidado como una vía eficaz para que empresas innovadoras accedan a financiación sin depender de su propia cuota fiscal. Es una forma de activar recursos privados para la I+D+i con un impacto inmediato en la capacidad de inversión”.

Con este conjunto de plazos y herramientas – deducción directa, IMV, monetización y tax lease – las empresas pueden optimizar al máximo el retorno de sus inversiones en I+D e innovación. “La clave está en planificar la estrategia para cada empresa en base a sus necesidades actuales, planificar la documentación, anticipar decisiones y entender cómo cada mecanismo encaja en el calendario fiscal del ejercicio”, concluye Carrión.