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Incentivos fiscales
Convierte tus deducciones por I+D+i no aplicadas en liquidez inmediata
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DEDUCCIONES FISCALES
El Tribunal Económico-Administrativo Central reconoce el derecho a aplicar incentivos fiscales no consignados en su día, sin necesidad de rectificación, en función de la fecha de la autoliquidación

¿Puedo aplicar ahora una deducción por I+D+i que no declaré en su momento? La reciente resolución del Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC), emitida el 17 de julio de 2025, responde con claridad a esta pregunta que llevaba años generando dudas entre empresas innovadoras.
La resolución no solo aclara el tratamiento fiscal de estas deducciones, sino que sienta un criterio vinculante para la Agencia Tributaria, marcando un antes y un después en la aplicación práctica de los incentivos fiscales a la I+D+i en España.
Durante los últimos años, las entidades que invierten en I+D+i han operado en un entorno de incertidumbre normativa. La Dirección General de Tributos (DGT) había modificado su criterio sobre la forma y el momento en que pueden aplicarse deducciones generadas en ejercicios anteriores y no incluidas en su autoliquidación.
La nueva resolución del TEAC ofrece una interpretación clara y vinculante que distingue entre dos escenarios, en función de la fecha de la autoliquidación del Impuesto sobre Sociedades.
1.Autoliquidaciones anteriores al 24 de junio de 2022
El TEAC reconoce la existencia de confianza legítima para las empresas que no aplicaron en su momento las deducciones de I+D+i en sus autoliquidaciones anteriores a esta fecha.
¿Qué implica esto?
Este criterio abre una oportunidad para muchas empresas de aprovechar deducciones fiscales generadas y no aplicadas en su momento, sin necesidad de modificar declaraciones anteriores.
2.Autoliquidaciones posteriores al 24 de junio de 2022
En este caso, la confianza legítima ya no opera, puesto que ya estaba vigente un criterio más restrictivo.
¿Qué implica esto?
Esta resolución tiene un fuerte impacto positivo en la seguridad jurídica de las empresas que desarrollan actividades de I+D+i. A partir de ahora, queda delimitado con claridad:
Desde Zabala Innovation, consideramos que este criterio refuerza la importancia de contar con una estrategia fiscal sólida y bien documentada en materia de I+D+i.
En Zabala Innovation acompañamos a las empresas durante todo el ciclo de vida de sus deducciones fiscales por I+D+i. A raíz de esta resolución del TEAC, es más importante que nunca:
¿Quieres saber si tu empresa puede aplicar deducciones de años anteriores sin necesidad de declaraciones complementarias? Contacta con nuestro equipo especializado para analizar tu caso concreto.

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Opinión
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Rafael Legasa
Director del área Incentivos Fiscales / Comité Ejecutivo

Publicación
CONSULTORÍA DE INNOVACIÓN
Con este documento, elaborado por nuestro compañero Guillermo Dorronsoro, queremos ofrecerte una guía para llevar a cabo en tu empresa una estrategia de innovación
Te orientamos para implementar el papel social de tu empresa a través del emprendimiento social o a través de la Responsabilidad Social Corporativa (RSC).
Colaboración con administraciones públicas para el fomento de la Innovación y asistencia a las empresas para integrar la innovación en su estrategia general
Gestionamos íntegramente la deducción fiscal por I+D e Innovación Tecnológica de nuestros clientes, tanto en el ámbito nacional como en los distintos regímenes forales.