Ir a noticias

INNOVACIÓN TECNOLÓGICA

Espaldarazo del Supremo a las deducciones por I+D+i de los proyectos de software

Sentencia del supremo deducciones fiscales

El Tribunal Supremo admite a trámite un recurso de casación sobre si los gastos por actividades de innovación tecnológica – en concreto aquellos que hacen referencia al desarrollo de aplicaciones informáticas (software) – son deducibles, o no.

Como ya contamos hace unos meses, en un conjunto de sentencias de la Audiencia Nacional (AN), publicadas entre noviembre y diciembre de 2022, la AN modificó el criterio que tenía hasta entonces y concluyó que los gastos por el desarrollo de software y aplicaciones informáticas no podían deducirse.

El Tribunal Supremo, en este Auto con fecha del 18 de octubre de 2023, aprecia que el recurso presentado presenta interés casacional objetivo para la formación de jurisprudencia respecto de las siguientes cuestiones:

  • Determinar si, en función de un informe emitido por el Equipo de Apoyo Informático (EAI) de la propia Agencia Tributaria AEAT, la Administración tributaria puede considerar que los gastos derivados de la realización de actividades de desarrollo de software y aplicaciones informáticas, no son aptos para la deducción por actividades de innovación tecnológica en la cuota íntegra del impuesto sobre sociedades, aun cuando se trate de proyectos calificados como IT (Innovación Tecnológica) por el órgano competente, el Ministerio de Ciencia e Innovación.
  • Dilucidar el alcance que puede tener, para negar toda deducción por IT, el hecho de que esta calificación ya viene dada, de modo vinculante, por la propia Administración del Estado en cuyo seno se integra la AEAT y, en concreto, la unidad informática EAI.
  • Determinar si cabe enervar el valor probatorio del dictamen vinculante del Ministerio referido, al margen de su efectivo alcance y efectos, mediante un documento interno de sus propios funcionarios que no ha sido presentado por la Administración como prueba pericial en el proceso y no ha sido sometido a contradicción de las partes en ese mismo proceso.

Con la aceptación del recurso a casación, y su posterior resolución, se podrá contribuir a dotar de mayor seguridad jurídica a las empresas y la propia administración. Esto siempre serán buenas noticias para la I+D+i.