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Ampliación: Medidas del CDTI para la innovación de las empresas españolas

El Ministerio de Ciencia e Innovación, a través del CDTI, lanza de forma urgente medidas extraordinarias para apoyar el mantenimiento de actividades de alto valor añadido y la creación de capacidades para la reactivación de la economía en el ámbito de la innovación empresarial.

Estas medidas podrán ponerse en marcha de manera inmediata al ser aplicadas sobre instrumentos CDTI ya en funcionamiento. En concreto, se materializan en la exención de garantías para solicitar ayudas para proyectos de I+D+I, en una aceleración de los procesos de gestión y aprobación de proyectos, en la ampliación del instrumento LIC-A a todo el territorio nacional de acuerdo con el mapa de ayudas regionales y la flexibilización de plazos de justificación para ayudas parcialmente reembolsables.

¿Cuáles serán las novedades?

Línea Directa de Expansión (LIC-A)

Ampliación de la Línea Directa de Expansión (LIC-A) a todo el territorio nacional, de acuerdo con el mapa de ayudas regionales, a partir del día 1 de abril de 2020

Esta interesante convocatoria financia proyectos de inversión en activos materiales e inmateriales con préstamos ventosos y un tramo no reembolsable (TNR) equivalente a subvención entre un 5% y un 10%.

Hasta ahora se podría acoger para cualquier empresa en Andalucía, Castilla-La Mancha, Extremadura, Murcia, Castilla y León, Comunidad Valenciana (excluida Valencia capital), Canarias y Galicia. Gracias a esta medida urgente, se amplíaa todo el territorio español de acuerdo con el mapa de ayudas regionales.

En las regiones que hasta ahora no era elegible, se amplia exclusivamente para PYMES.

Además, es de destacar que esta línea LIC-A no está sujeta al Reglamento de mínimis lo cual es una gran ventaja adicional de financiación para muchas empresas que cuenten con proyectos de inversión con un presupuesto entre 175.000 € y 30.000.000 €.

Flexibilización del periodo de justificación

Flexibilización de la justificación de las ayudas parcialmente reembolsables y de las subvenciones tal y como se está anunciando de forma inmediata.

Atención: Los aplazamientos concedidos para la entrega de las justificaciones no suponen más plazo para los pagos, es decir, si nos han concedido una prórroga para una justificación que teníamos para el 31 de marzo, los pagos tendremos que hacerlos antes de esta fecha, aunque nos hayan ampliado plazo para presentar los informes de justificación. La única factura y el pago que podrá abonarse con posterioridad a esa fecha es para los servicios de auditoría.

Exención de garantías

El CDTI aplicará una reducción de las garantías solicitadas a todos los proyectos de I+D+I.

La exención de garantías hasta ahora estaba limitada a dos tipologías de proyectos y tamaños de empresas concretos:

  • proyectos de Cervera Transferencia a PYMES y Midcaps (empresas independientes de hasta 1.500 trabajadores) con una exención del 95%.
  • para proyectos de I+D a PYMES con una exención del 75%

Ahora se ampliará para todos los proyectos de I+D+i y para PYMES y Midcaps

Esto se aplicará para proyectos aprobados a partir de ahora sin efecto retroactivo.

Mayor agilidad para la aprobación de proyectos CDTI

Mientras se mantenga la situación de emergencia relacionada con el COVID-19, CDTI establece un fast-track en la gestión que supone:

  • Evaluación, de manera continua, los proyectos de I+D+I apoyados con ayudas parcialmente reembolsables
  • Aumento de la frecuencia de celebración de reuniones de su Consejo de Administración en formato telemático para acelerar al máximo su proceso de aprobación y la concesión de ayudas en un momento de desaceleración económica.

Según las últimas informaciones, el CDTI estaría trabajando para poner en marcha un procedimiento de firma a distancia de contratos de proyectos aprobados para evitar de esta forma la firma presencial requerida hasta ahora en la mayoría de los casos.

De todas formas, recordamos que el CDTI otorga 3 meses para realizar la firma de contratos desde la fecha de resolución, y que se puede prorrogar 1mes más solicitándolo a través de la aplicación (con firma electrónica).

Este fast-track también dará prioridad a los proyectos relacionados con productos considerados de emergencia en la Orden del Ministerio de Sanidad ya referida.

Productos de emergencia

Cuando la actividad de I+D+I esté relacionada con los productos considerados de emergencia por el Gobierno en relación con el COVID-19, la minoración de garantías se verá ampliada a los siguientes límites:

  • Exención de garantías hasta 1.000.000 euros para pequeñas empresas.
  • Exención de garantías hasta 2.000.000 euros para medianas empresas.
  • Exención de garantías hasta 3.000.000 euros para empresas de mediana capitalización.

Actualmente, los productos de emergencia son de los tipos referidos en la Orden del Ministerio de Sanidad SND/233/2020, de 15 de marzo.

CONSULTA PRELIMINAR DE MERCADO (CPM)

A pesar de la aprobación del Real Decreto 463/2020, los plazos de presentación para las CPMs no se prorrogan. Esto afecta a las CPM abiertas actualmente:

  • COMPUTACIÓN INTELIGENTE DISTRIBUIDA, fecha límite 27/03
  • AUSCULTACIÓN DE PUENTES, VIADUCTOS Y APARATOS DE DESVÍOS, fecha límite 09/04.

 

Fuente: CDTI. Ver Nota de prensa oficial