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INCENTIVOS FISCALES

Cambios legislativos en las bonificaciones de las cuotas a la Seguridad Social del personal investigador

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El Real Decreto 475/2014, que regulaba las bonificaciones tras la derogación del RD 278/2007, permitía bonificaciones para empleados en los grupos 1, 2, 3 y 4 de cotización al Régimen General de la Seguridad Social, siempre que se dedicaran exclusivamente a actividades de I+D e iT. Estas bonificaciones eran aplicables a contratos indefinidos, en prácticas o por obra o servicio con una duración mínima de tres meses. No era necesario que el 100% del tiempo fuera dedicado a estas actividades, admitiéndose hasta un 15% para formación y tareas similares.

Con la nueva legislación, a partir del 1 de septiembre de 2023, se establece una bonificación del 40% en la cuota empresarial a la seguridad social por contingencias comunes para la contratación indefinida de personal investigador, con un máximo de tres años. Además, se añaden bonificaciones adicionales del 5% para investigadores jóvenes menores de 30 años y para mujeres investigadoras, acumulables entre sí. Se mantiene la posibilidad de dedicar hasta un 15% del tiempo a tareas de formación y similares.

Este cambio legislativo implica que las personas que estaban en la empresa antes del 1 de octubre de 2023 se rigen por el antiguo Real Decreto, mientras que aquellas que se incorporen a la empresa a partir de dicha fecha estarán sujetas al nuevo Real Decreto. Según Rafael Legasa, director del área de incentivos fiscales en Zabala Innovation, «al principio pensábamos que iba a ser un incentivo que iba a quedar en desuso, pero con la interpretación final que se ha consensuado, sigue teniendo buena salud el incentivo«.

En la práctica, esto se traduce en dos supuestos

El personal contratado antes del 1 de septiembre de 2023 se rige por la antigua redacción del RD 475/2014. El personal contratado después del 1 de septiembre de 2023 debe darse de alta el mismo día de entrada en la empresa, con contratos tipo 150, 250, 350, 109, 209 y 309, sin necesidad de proceder del SEPE o estar en paro, y sin contrato indefinido en los tres meses anteriores. La bonificación puede ser de hasta un 50% dependiendo de si es mujer y/o menor de 30 años.

Sobre las bonificaciones por personal investigador

Las deducciones en las cotizaciones a la Seguridad Social para personal investigador constituyen una forma de incentivo fiscal. Específicamente, este beneficio permite a las empresas pagar un 40% menos en la cuota de la Seguridad Social para empleados dedicados exclusivamente a la I+D+i. Cualquier tipo de entidad puede aprovechar esta reducción, la cual se aplica automáticamente una vez que se notifica a la Seguridad Social sobre los trabajadores que serán incluidos en este beneficio.

Algunas particularidades de este tipo de subvenciones son: están disponibles para todo tipo de organizaciones (incluyendo empresas, centros tecnológicos y universidades), proporcionan un ahorro mensual inmediato al reducir los costos de personal, incrementan significativamente la competitividad y son compatibles con las deducciones fiscales aplicables al mismo personal en el caso de las Pymes innovadoras.

En Zabala Innovation hemos creado una plataforma llamada Bonix, diseñada para gestionar de forma sencilla y eficiente este incentivo. Bonix ofrece diversas funcionalidades, como registrar al personal investigador, generar una lista de los proyectos en los que está trabajando la empresa, almacenar todas las evidencias científicas en una biblioteca, y contar con una sección de gestión de evidencias donde nuestro equipo puede aprobarlas.